Multas y Sumarios:
El "Art. 954" y sus amigos.
Declaración inexacta = Multa. Desde un 1% hasta 5 veces el valor de la diferencia. Analizamos el semáforo de infracciones más comunes.
Declaración Inexacta (El Cuco del Comex)
El Artículo 954 del Código Aduanero es la herramienta punitiva principal de DGA. Sanciona cualquier diferencia entre lo declarado y lo verificado si esta diferencia produce (o podría producir):
- Un perjuicio fiscal (pagar menos impuestos).
- Una transgresión a una prohibición (importar algo prohibido).
- Un ingreso/egreso indebido de divisas.
No importa si fue "un error de tipeo". La Aduana presume dolo salvo prueba en contrario. Si tu despachante tipeó "100" y eran "1000", la multa está servida.
Semáforo de Riesgo Operativo
Multa Automática (1%)
Diferencias de valor o cantidad que no superen el 2% de tolerancia. Si te pasás, pagás el 1% del valor en aduana de la mercadería en infracción.
De 1 a 5 veces la Diferencia
Si declaraste menos valor para pagar menos tributos. La multa es de 1 a 5 veces el tributo evadido. Muy común en subfacturación.
Contrabando (Prisión)
Ocultamiento deliberado, doble fondo, mercadería prohibida. Esto ya no es infracción, es delito penal económico (Ley 24.769).
"La ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento." - Principio Legal que aplica implacablemente en Aduana.
Cómo evitar el sumario: La "Autodenuncia"
El Código permite la figura de la Autodenuncia. Si vos o tu despachante detectan el error ANTES de que la aduana lo note (antes del control documental o verificación), podés rectificar pagando una multa reducida o nula. Esto es clave en procesos de Compliance y Auditoría.
Por eso insistimos tanto en la revisión de borradores de despacho. Un despachante que oficializa sin enviarte el borrador para tu OK es una bomba de tiempo.